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Home Economia

PYMES ARGENTINAS

2 agosto, 2017
en Economia
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PYMES ARGENTINAS
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¿QUÉ ES UNA PYMES?

Habitualmente se las llaman así a las micro, pequeñas y medianas empresas. Se trata de una compañía de origen mercantil, industrial o de otro tipo de actividad que tiene un número reducido de trabajadores y que registra ingresos entre pequeños y moderados.

Si bien la definición de PyME no es exactamente igual en cada país, en el nuestro se clasifican de acuerdo a sus ventas anuales y a su rubro, ya que una de origen industrial puede tener un volumen de facturación que en otra actividad económica la ubicaría entre las más grandes.

En general en otros países se la relaciona con el total de empleados que trabajan en cada una de ellas, variando su cantidad según la región y poseyendo necesidades específicas que el Estado debe tener muy en cuenta ya que necesitan protección e incentivos para competir contra las grandes compañías tanto nacionales como internacionales, porque son generadoras de capital y empleo. Los puestos de trabajo son más amplios, menos estrictos y sus trabajadores se encuentran más aptos al cambio.

Las protecciones que les debe dar el Estado habitualmente son de tipo crediticio, los cuales deben poseer condiciones más blandas que las habituales en el mercado y mayores beneficios impositivos ya que deben pagar directa o indirectamente una variedad de tributos tanto nacionales, provinciales y municipales.

En Argentina se muestran dos criterios de categorización para las PyMEs. La primera es de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, y la segundo de la Comisión Nacional de Valores (CNV) para el acceso al mercado de capitales mediante la emisión de acciones y/o valores negociables representativos de deuda.

La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa determinó por medio de la Res. Gral. N° 103-E/2017 una nueva clasificación MIPyME (micro, pequeña y mediana empresa). Esta clasificación adopta como criterio las ventas totales anuales expresadas en pesos que no superen los valores establecidos.

Por ejemplo una Micro: de la Construcción es de hasta $4.700.000, de Servicios $3.500.000, de Comercio $12.500.000, de Industria y Minería $10.500.000 y Agropecuaria $3.00.000; una Pequeña: $30.000.000, $21.000.000, $75.00.000, $64.000.000 y Agropecuaria $19.000.000; una Mediana Tramo 1: $240.000.000, $175.000.000, $630.000.000, $520.000.000 y la Agropecuaria $145.000.000; por último la Mediana Tramo 2: de la Construcción $360.000.000, de Servicios $250.000.000, de Comercio $900.000.000, de Industria y Minería $760.000.000 y la Agropecuaria $230.000.000.

La CNV para operaciones de PyMEs en el Mercado de Capitales, resuelve para que accedan al mismo mediante la emisión de acciones y/o valores negociables representativos de deuda, la clasificación PyME establecida en su Res. Gral. N° 670/2016 la cual entiende por Pequeñas y Medianas Empresas al sólo efecto del acceso al mercado de capitales, a las empresas constituidas en el país cuyos ingresos totales anuales expresados en pesos no superen los siguientes valores: PyME de la Construcción $270.000.000, de Servicios $180.000.000, de Comercio $650.000.000, de Industria y Minería $540.000.000 y la de Agricultura $600.000.000.

Las PyMEs son frecuentemente las generadoras de la mayor cantidad de puestos de trabajo, pero también son en general las que peor pagan. Las grandes empresas crean el 26% de los puestos de trabajo en la Argentina, mientras que las pequeñas el 51%. Sin embargo, la brecha entre los sueldos llegaría en algunos casos hasta un 100% de diferencia a favor del las grandes.

Para no perder de vista las diferencias en el aparato productivo se puede apelar a los informes que surgen de la AFIP proyectados en el año 2016. Con esta fuente se estima que las empresas del sector privado generaron unos 6,5 millones de empleos registrados. Siendo las empresas que superaban los 500 trabajadores las que generaron un 26% del total de los empleados asalariados registrados.: Las empresas entre 100 y 500 trabadores generaron un 23%. Y por último las empresas con menos de 100 trabajadores representaron un 51%.

Estos datos estadísticos nos revelan que más de la mitad de la ocupación privada formal es generada por empresas con menos de 100 trabajadores. Mientras solo 1 de cada 4 operarios privados registrados son empleados en una empresa grande.

Algunos opinan que eximir del impuesto a las ganancias e imponer aumentos centralizados de salarios es regresivo o desfavorable. Primero, porque alcanzarían sólo a los asalariados formales excluyendo a los empleados informales o en negro y a los cuentapropistas (que son la mitad de los trabajadores ocupados y que reciben los ingresos más bajos). Segundo, porque perjudicaría a las PyMEs al imponerles aumentos de costo laboral que duplicarían al de las grandes empresas y tercero, porque las exenciones del impuesto a las ganancias beneficiarían en general mayoritariamente a los trabajadores de las empresas más grandes. Por lo tanto los más beneficiados serían las grandes empresas, porque sufrirían menos aumento del llamado costo laboral que las PyMEs, y sus trabajadores, porque desembolsarían menos.

Siguiendo con esta posición los aumentos coercitivos y centralizados de salarios pueden ser instrumentos apropiados en países centrales donde prevalecen las grandes empresas, como en los EEUU, Europa o Asia. Pero en mercados laborales tan segmentados, como el nuestro, donde la mitad trabaja en la informalidad y de los formales sólo un cuarto se desempeña en grandes empresas, la centralización generaría desigualdad y exclusión.  

Todas las empresas deben pagar impuestos tanto Nacionales, Provinciales y Municipales. Siendo los que más les afectarían: Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Valor Agregado (IVA), Ingresos Brutos y Ganancia Mínima Presunta.

Los impuestos Nacionales más importantes son el de Ganancias, que se liquida anualmente y el IVA que opera con un proceso mensual que compara créditos y débitos, ya que el contribuyente es el consumidor final, por lo tanto una reducción de la tasa no beneficiaría a las empresas sino al consumidor. El Monotributo les ofrece a quienes cumplan ciertos requisitos un sistema de régimen simplificado que concentra en un único tributo y en un solo pago mensual el Impuesto a las Ganancias, el IVA, los aportes jubilatorios y el Sistema Nacional del Seguro de Salud. El impuesto a los créditos y débitos bancarios, o “impuesto al cheque” también afecta las operaciones bancarizadas. En todos estos impuestos el único ente recaudador es la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Los impuestos provinciales son los tributos que cobran los Estados Provinciales, pueden variar de provincia en provincia y en algunos casos se superponen a tributos nacionales y/o provinciales. El principal es el Impuesto mas los Ingresos Brutos y es un porcentaje directo de la facturación de las empresas y/o individuos, siendo el más regresivo dado que grava cada etapa de la cadena comercial y si bien existe para paliar este tema el Convenio Multilateral su incidencia sigue siendo muy negativa. En la última reforma del IVA se pensó en eliminarlo y al elevar la tasa del IVA distribuirlo por coparticipación, pero no prospero. Además es de tener en cuenta la incidencia de la inflación y al no haber "ajuste por inflación impositivo" las empresas pagan ganancias tanto por las utilidades genuinas sino también por las generadas por la inflación.

Por último se encuentran las Tasas Municipales. Corresponden a la recaudación de una ciudad o localidad donde opera un negocio y, a diferencia de los impuestos Nacionales y Provinciales que financian al estado en general, las tasas tienen una contraprestación directa en servicios como el Alumbrado, Iluminación, Limpieza, Promoción Turística, etc.

En julio del año 2016 se aprobó en el congreso la Ley 27.264 que da beneficios impositivos a las PyMEs y empresas recuperadas, reglamentándola con el Decreto 903/2017 denominada “Programa de Recuperación Productiva”.

Este beneficio, se reguló exclusivamente para las PyMEs que acrediten estar atravesando una "situación de crisis" y lo expliciten al Ministerio de Trabajo, y que contempla "las acciones que piensan desarrollar para su recuperación y comprometerse a no despedir personal y a mantener la nómina total de trabajadores".

Entre las facilidades contempladas en la nueva Ley, existen propuestas para crear las condiciones que posibiliten a un amplio sector de la economía nacional (90%), la generación de fuentes de trabajo, destacando los beneficios impositivos, desde la reducción de la carga tributaria, como es el caso del gravamen a los débitos y créditos bancarios (impuesto al cheque), hasta el estiramiento a 90 días del pago del IVA y el diferimiento del pago de Ganancias cuando hagan inversiones en bienes de capital, esto es en máquinas y nuevas tecnologías.

Con estos instrumentos, el Gobierno Nacional que considera que la competitividad PyME es en gran parte responsabilidad del Estado, dio una salida clave para que en este segundo semestre comience la anunciada fase de reactivación económica en su conjunto, con generación de empleos y baja de la tasa mensual de inflación, con menos impuestos y más crédito.

Es evidente que las PyMEs son un factor importantísimo en todo sistema económico productivo, pero con solo bajar los impuestos y otorgar más crédito no solucionarían la crisis de muchas de ellas. Sería necesario sumarle una reforma laboral consensuada que, entre otras cuestiones disminuya los costos laborales no salariales,  ciertos privilegios sindicales que encarecen las contrataciones de trabajadores e intereses que vienen operando sobre la justicia laboral y alimentando la industria del juicio. Los empleadores de las PyMEs advierten en general que no toman trabajadores porque temen que sus esfuerzos se vayan en esos juicios.

 

 

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